¿Cobrás aguinaldo? Escuchá la columna de ‘Salud financiera’ de Paloma Bokser en Perros de la Calle.
Es un derecho: no depende de la buena voluntad o disponibilidad financiera del empleador No se puede no pagar, salvo que desde el Estado se saque alguna resolución.
¿CUÁNDO? Fecha límite 6 de julio (30 junio pero prorroga legal). Si se atrasa: se cobran intereses.
¿CUÁNTO? La mitad del salario más alto de ese semestre (Ley 23.041)
Se suman horas extras, comisiones, presentismo, antigüedad, pagos a cuenta de futuros
aumentos, etc. No se suman cargos extras retroactivos, viáticos, asignaciones familiares, el servicio de
comedor en la empresa, algunas licencias como maternidad o licencias sin goce de sueldo y
beneficios sociales.
¿DESDE CUÁNDO SE PAGA? Desde el día uno que entraste a la empresa, se gana día a día.
Es un cuenta muy sencilla: dividir el mejor salario por 12 y multiplicarlo por los meses trabajados
– Si solo se trabajaron 3 meses, se paga el 25% del mejor sueldo. Cuentan periodos de enfermedad o vacaciones
¿PAGA GANANCIAS? Salarios hasta $880.000 bruto (o sea antes de descuentos de
jubilación, obra social y eso) no pagan ganancias sobre este aguinaldo.
¿A QUÉ LO DESTINO? Mucha gente lo gasta antes de cobrarlo, y quien soy yo para juzgar: venimos tan con soga al cuello que los gustitos cuestan y muchos lo usan para eso.
Pero ya que es plata “extra” tratemos de buscarle un destino que nos sirva mas:
1. Pagar deudas si las tenes, sobre todo las que tienen interés y crecen día a día. Chequear
si podes adelantar cuotas de deudas y con eso disminuir el interés futuro.
2. Si deudas al día, fondo para tener a mano en emergencias.
3. Invertirlo. Puede ser en algún producto financiero (ya hablamos de PF, FCI, bonos, la
bolsa) pero tmb puede ser en stockearse de mercadería (latas de conserva, yerba, leche
larga vida)